CARPETA CIUDADANA - OFICINA VIRTUAL EN LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES
Descripción:
Este servicio, ofrece la posibilidad a cualquier Administración Local de la provincia de Almería, de habilitar en su respectiva sede electrónica un acceso, a ciudadanos y empresas, a los servicios de administración electrónica que vayan habilitándose, de forma segura y fehaciente utilizando un certificado de identidad digital reconocido.
Este servicio posibilitará el que un ciudadano pueda hacer uso de su derecho a acceder electrónicamente a los servicios públicos (Ley 39/2015), pues no sólo permitirá el acceso a la información general, sino que también hace posible acceder a la información particular de la persona que hace uso del mismo, así como la de remitir documentos electrónicos a la información sin necesidad de desplazarse físicamente, y ello en un horario de atención, de la oficina virtual, de 24 horas 7 días a la semana.
(Aprobado por Resolución núm. 2005/2007 de 15/10 y Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019). En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica.
Destinatarios:
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Dependencias Internas
Requisitos exigibles:
Los órganos de la Diputación Provincial deberán estar autorizados para utliizar este servicio. Los Entes Locales deberán haber solicitado los servicios de la Red Provincial.
No disponible para Beneficiarios.
PERSONAS que tengan relación con la Entidad Adherida al Servicio, siempre que puedan identificarse usando un certificado de Identidad Digital reconocido por @firma.
Es necesario haber solicitado el Servicio y tener activos los siguientes servicios:
· Conexión a la Red Provincial de Comunicaciones (a través de conexiones de tipo ADSL o LMDS, o cualquier otra modalidad de conexión de banda ancha que se pudiera implantar en el futuro, no siendo posible por la velocidad de la linea, implantarlos en equipos conectados a la red provincial mediante accesos RDSI.).
· Firma Electrónica Acordada. Y que los usuarios a los que se pretenda autorizar el acceso, en modo administración, en nombre de la Entidad adherida, dispongan de ID personal o genérico debidamente registrado.
· Que los equipos con los que se acceda a la red tengan instalado una versión de sistema operativo compatible con el correspondiente servicio.
Anualmente, si el servicio implica gasto, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la financiación de los mismos, de conformidad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente.
Documentación Complementaria:
Las Entidades que soliciten el servicio deberán facilitar la siguiente información: (ver modelo anexo en formato word al final de esta página: SOLICITUD.doc)
- Entidad solicitante.
- Expresión de si se utilizarán todas las opciones y servicios disponibles o sólo los que concrete el coordinador designado por la Entidad Local.
- Nombre y datos de contacto, de la persona que se designe coordinador del servicio. Persona que deberá contar con el correspondiente ID Personal de la Red Provincial registrado por ser la Entidad usuaria del Servicio de Firma Electrónica Acordada.
- Declaración expresa, en su caso, asumiendo los costes directos de prestación del servicio, de conformidad con el coste aprobado, en su caso, para cada opción y servicio.
- Autorización expresa, en su caso, para compensar las cantidades no satisfechas por la prestación del Servicio, con cargo a los fondos de entregas a cuenta y recaudación que la Diputación deba satisfacer, de acuerdo con el Convenio de Delegación de Funciones en Materia Tributaria.
Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto en su caso, al Área de Personal y Régimen Interior. Servicio de Régimen Interior.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
1 mes
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá denegada
Coste para el solicitante:
Inicialmente, la utilización de éste servicio, no comporta coste alguno para la entidad adherida que solicite su utilización.
No obstante, dado que se prevé la posibilidad futura de ampliar la lista de servicios y opciones concretas disponibles para el ciudadano. En el supuesto de que alguna pudiera implicar coste para los entes que las utilicen, previamente deberá informar la Comisión Permanente y dictarse la correspondiente resolución con el preceptivo informe de la Intervención Provincial caso de suponer un gasto para la Diputación.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE R. INTERIOR . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 171
Fax: 950 211 194
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Para el supuesto de que alguna Entidad quisiera dejar de utilizar el presente servicio o alguna opción que, en su caso supusiera gasto, deberá comunicarlo con un mes de antelación.
La gestión de altas y bajas de opciones que no impliquen gasto se harán directamente, de conformidad con lo que el respectivo coordinador solicite mediante correo electrónico firmado con certificado de la Red Provincial.
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL
VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- -Aprobado por Resolución núm. 2005/2007 de 15/10
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE INFORMATICA
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